Universidad de San
Carlos de Guatemala
Escuela de Historia
Unidad de Tesis
Normativo para la
elaboración y presentación de tesis de grado de la Escuela de Historia,
Universidad de San Carlos de Guatemala
Aprobado en el Punto Cuarto, inciso 4.3 del Acta No 21-2018
de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el 02 de julio de 2018
Capítulo I. Tesis de
graduación
Artículo 1. Definición
La tesis de grado es el informe
escrito de una investigación original e inédita desarrollada por el graduando como
requisito final de su respectivo programa para la obtención del grado académico
de licenciado. La tesis de grado
constituye el aporte de nuevo conocimiento a la disciplina y demuestra el
manejo adecuado de las técnicas, métodos, teorías, debates y conocimientos de
la disciplina, aprendidos durante el proceso de formación académica. La
aprobación de la tesis por parte del tribunal examinador constituye el aval de
la comunidad académica para el ejercicio de la profesión.
Artículo 2. Objetivos
a)
Establecer requisitos, normas y procedimientos del
proceso de elaboración de la tesis de grado.
b)
Definir las funciones de los órganos y actores en el
proceso de tesis.
c)
Garantizar una adecuada revisión y asesoría de las
tesis.
Artículo 3. Líneas y temas de investigación
La elección de la línea y tema de
investigación por parte del estudiante dependerá de sus intereses académicos. Las
coordinaciones de área en conjunto con la unidad de tesis podrán establecer
líneas generales de investigación de acuerdo con los avances de las disciplinas,
los que serán presentados como sugerencias de investigación a los estudiantes.
Capítulo II. Plan de
tesis
Artículo 4.
Definición
El plan o diseño de investigación
de tesis es el documento elaborado por el estudiante como propuesta de
investigación de su tesis de grado, que explica con detalle el tema, la
perspectiva de análisis, los objetivos, los aspectos teóricos y metodológicos y
los datos, fuentes, bibliografía y otros elementos que utilizará para
desarrollar la investigación, de acuerdo con el formato establecido por la
coordinación de área.
Artículo 5. Propuesta, revisión,
dictamen y aprobación del plan
a)
El
estudiante solicita información al consejo de área acerca del formato de plan
de tesis, las líneas y temas de investigación y las especialidades de los
profesores para buscar la asesoría adecuada.
b)
El
estudiante elabora un anteproyecto de tesis bajo la asesoría de un profesor
especialista en el tema que lo avale y solicita la aprobación al consejo de área
[ver anexo 1].
c)
El consejo de área revisará si el plan de tesis cumple
con los requisitos académicos establecidos en este normativo en general y los
que establece el área en particular.
d)
En el caso de que el plan de tesis presentado no
cumpla con los requisitos, se solicitarán modificación y mejoras.
e)
El consejo de área nombrará un revisor que determinará
la calidad, importancia y pertinencia del plan de tesis, así como la idoneidad
del asesor propuesto, de acuerdo con el capítulo VI de este normativo y emitirá
un dictamen que servirá de base para su aprobación en primera instancia y
remitido al Consejo Directivo para su aprobación definitiva.
f)
La unidad de tesis acompañará el proceso de revisión
del plan de tesis del consejo de área, a través de un proceso de revisión externa
y podrá sugerir adiciones y modificaciones para mejorar el plan.
g)
El estudiante deberá entregar ante el Consejo
Directivo la carta compromiso, debidamente firmada, en la que se compromete a presentar el texto final de la
tesis en un plazo máximo de veinticuatro meses a partir de la fecha de la firma
[ver anexo 2]. El Consejo Directivo integrará dicha carta en el expediente del
estudiante.
Capítulo III. Informe
de tesis
Artículo 6. Definición
El informe de tesis es el
borrador final de la investigación que ha obtenido el dictamen favorable del
asesor y que cumple con todas las especificaciones de formato, estilo de citas
y referencias que establece este normativo [ver anexo 4].
Artículo 7. Formato, referencias
y estilo de citas
Los consejos de área y la unidad
de tesis deberán proponer el formato de presentación de las tesis y el estilo
de citas y referencias de acuerdo con la disciplina, el que será integrado como
anexo en este normativo y publicado en la página de la Escuela de Historia [ver
anexo 4].
Artículo 8. Plazos
a)
El plazo de entrega del texto final de la tesis con el
dictamen favorable del asesor es de veinticuatro meses, contados a partir de la
fecha de aprobación del plan de tesis y firma de la carta compromiso.
b)
El estudiante podrá solicitar al Consejo Directivo una
prórroga de seis meses para la presentación del texto final de tesis, antes de
que venza el plazo de veinticuatro meses, con la justificación respectiva.
c)
El incumplimiento de la entrega del texto final de
tesis en el plazo establecido será sancionado con la anulación del proceso. El
estudiante deberá presentar un nuevo plan de tesis con un tema distinto y con
otro asesor.
Artículo 9. Correcciones y
revisión de estilo
a)
Los estudiantes deberán cumplir con las sugerencias de
modificaciones y mejoras presentadas durante el proceso por revisores, asesor,
lectores y examinadores, atendiendo a los plazos en cada fase.
b)
El incumplimiento en las modificaciones y mejoras propuestas
o la entrega de una versión distinta a la aprobada, ameritará una llamada de
atención y el retroceso en el proceso.
c)
Los estudiantes deberán atender las correcciones del
revisor de estilo de la unidad de tesis, previo a la impresión y presentación de
la versión final de la tesis.
Artículo 10. Examen y
entrega de tesis corregida
a)
Después de la aprobación del texto final por parte del
asesor y los lectores del comité de tesis, el Consejo Directivo nombrará el
tribunal examinador y establecerá hora y día para el examen y defensa de la
tesis
b)
Durante el examen, los integrantes del tribunal examinador
podrán comentar, preguntar y solicitar ampliaciones al estudiante para evaluar
la tesis y su defensa, con base en criterios académicos de formato, contenido, importancia, pertinencia,
calidad, coherencia, fuentes de información, interpretación y aportes a la
disciplina, así como expresión oral, adecuado manejo de categorías, argumentos
académicos, respuestas claras y relacionadas con las preguntas formuladas,
reforzamiento de las ideas vertidas en la tesis y otros elementos que los
examinadores consideren pertinentes.
c) La evaluación del examen y defensa de la
tesis por parte del tribunal de tesis puede ser:
c.1) Aprobado
por unanimidad: Los estudiantes recibirán una distinción académica Cum Laude cuando tengan un promedio
general de calificaciones de 85 a 89 puntos, Magna Cum Laude para promedio de 90 a 94 puntos y Summa Cum Laude para promedio de 95 a
100 puntos. Para el efecto, deberá haber concluido las asignaturas del pensum
en el tiempo establecido, no haber aprobado cursos en exámenes de recuperación
o equivalencias y graduarse en un plazo no mayor de dos años después del cierre
de pensum, de acuerdo con lo que establece el Arto. 23 del Reglamento General
de Evaluación y Promoción del Estudiante de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. Este reconocimiento será
proporcionado por Control Académico para ser consignado en el acta oficial que
la Secretaría Académica extiende al final de la defensa.
c.2) Aprobado
por mayoría, en cuyo caso no se consignará ningún reconocimiento en el
acta.
c.3) Reprobado.
En el caso de ser reprobado en la defensa de la tesis, el estudiante tiene la
oportunidad de solicitar una segunda defensa con el mismo tribunal de tesis y
el mismo texto en un plazo que no exceda de tres meses. Si el estudiante es reprobado en la segunda
oportunidad, deberá iniciar todo el proceso presentando un nuevo tema de tesis.
d)
Los
integrantes del tribunal examinador podrán solicitar la ampliación,
modificación y corrección del informe final de tesis para su aprobación final,
las que serán anotadas por el presidente del tribunal y entregadas al
estudiante inmediatamente después del examen, con copia para todos los
integrantes y la unidad de tesis. Las ampliaciones, modificaciones y
correcciones atenderán a aspectos de presentación, redacción, organización de
la información, coherencia y claridad en la exposición, datos, cifras y
referencias.
e)
La
versión final corregida de la tesis en formato impreso, deberá ser entregada
por el estudiante al presidente del tribunal examinador con copia para la
unidad de tesis, en un plazo de treinta días calendario después del examen.
f)
La
unidad de tesis realizará la revisión de estilo del informe final de tesis y el
estudiante deberá realizar las correcciones sugeridas.
g)
El
estudiante podrá solicitar una ampliación del plazo al Consejo Directivo.
h)
El presidente del tribunal
examinador en conjunto con la unidad de tesis disponen de un plazo no mayor de diez
días hábiles para la revisión y aprobación en primera instancia de la versión
corregida y revisión de estilo de la tesis, respectivamente y la remitirán al
Consejo Directivo para su aprobación definitiva y autorización de orden de
impresión. La aprobación de las correcciones del informe final de la tesis no
modificará el dictamen del tribunal examinador.
i)
En los casos de
discrepancia sobre la versión final corregida de la tesis, el presidente del tribunal
examinador en conjunto con la unidad de tesis, informarán al Consejo Directivo
y sugerirán la ampliación del plazo.
j)
Como requisito para
la entrega del acta de graduación y dar inicio al trámite de impresión y firma
de título, el estudiante deberá entregar al Consejo Directivo constancia de entrega
de tesis impresa y digital en biblioteca central y tres ejemplares de la tesis.
Artículo 11. Fraude
académico
En
los casos de fraude académico o ejecución por terceros de parte o de la
totalidad de la tesis, descubiertos antes o después del examen y debidamente
comprobado, se informará al Consejo Directivo, que anulará el trabajo de tesis e
impondrá una llamada de atención al estudiante.
El Consejo Directivo, con el apoyo de la unidad de tesis, determinará la
autorización para la elaboración de una nueva tesis o la expulsión del
programa. En ambos casos, el estudiante
no podrá solicitar ningún reembolso de los pagos efectuados.
Capítulo IV. Acto público de graduación
Artículo 12.
De acuerdo con el normativo de
acto público de graduación profesional, al final de cada semestre se realizará
un acto protocolario durante el cual los graduados de las licenciaturas que
soliciten participar, son investidos con los distintivos de la unidad académica
y presentan el juramento de respeto, lealtad y cumplimiento a la carrera y a la
institución. Podrán participar los estudiantes que hayan aprobado el examen,
presentado la versión final de la tesis corregida y manifestado su deseo de
participar, cumpliendo para el efecto con los requisitos que establece el
normativo específico.
Capítulo V. Del
estudiante
Artículo 13. Definición
El/la estudiante en proceso de
elaboración de la tesis de grado es la/el alumna/o inscrito en alguna de las
carreras de licenciatura de la Escuela de Historia que ha cumplido con todos
los requisitos establecidos en este normativo para iniciar la elaboración y
presentación de la tesis.
Artículo 14. Derechos
a)
Recibir información oportuna y pertinente sobre el
proceso de tesis.
b)
Recibir un trato académico y profesional en el proceso
de tesis.
c)
Solicitar ampliación de los dictámenes emitidos por
revisores, asesores y lectores de tesis.
d)
Solicitar cambio de asesor con justificación.
e)
Solicitar prórroga de seis meses del plazo de entrega
del informe final de tesis.
f)
Solicitar prórroga de un mes del plazo de entrega de
la versión final corregida de la tesis.
Artículo 15. Requisitos y
responsabilidades
a) Estar inscrito en la Escuela de Historia como
estudiante regular de licenciatura y cumplir con todos los requisitos
administrativos y académicos establecidos.
b) Tener cierre de pensum o haber aprobado
cuatro años completos de la carrera que estudia.
c) Cumplir con todas las fases del proceso de elaboración
de tesis de grado e informar oportunamente sobre cualquier cambio.
d) Firmar una carta compromiso para la
presentación del informe final de la tesis en un plazo máximo de veinticuatro
meses a partir de la fecha de la firma, con una única prórroga por seis meses
adicionales, que deberá ser solicitada antes del vencimiento del plazo, con la
respectiva justificación.
e) Incorporar las sugerencias de fondo y de
forma indicadas por revisores, asesor, lectores y examinadores.
f) Presentación de una tesis original e inédita
que cumpla con las convenciones formales de un trabajo académico y que informe
de manera adecuada sobre la información y bibliografía utilizada.
g) Asistir puntualmente al examen de tesis e
incorporar todas las ampliaciones, modificaciones y correcciones del tribunal
examinador al informe final de tesis, que deberá ser entregado en un plazo no
mayor de un mes después del examen, como requisito previo para el trámite del
título y acto público de graduación.
h)
El pago de título se realizará después de que
el Consejo Directivo reciba y apruebe la versión final de la tesis corregida,
con el visto bueno del Presidente del Tribunal de Tesis, así como constancia de
que el estudiante ha entregado los ejemplares impresos y los CD a biblioteca
central.
Capítulo VI. Del
asesor/a
Artículo 16. Definición
El/la asesor/a de tesis de grado
es el/la profesional colegiado/a, aprobado por el consejo de área y el Consejo
Directivo, que acepta orientar al estudiante en el proceso de elaboración de su
trabajo de investigación de tesis, como una colaboración académica. Pueden ser
asesores de tesis los/las profesionales graduados en la Escuela de Historia o
en cualquier universidad privada del país, que estén debidamente colegiados,
preferentemente de la disciplina de la tesis o del campo de estudio del tema.
Los profesionales propuestos como asesores que provengan de una disciplina
distinta podrán ser nombrados tomando en consideración su especialidad y en
beneficio del estudiante.
Artículo 17. Nombramiento
a)
El/la asesor/a de tesis de grado será nombrado por el
Consejo Directivo, a propuesta del consejo de área con base en la propuesta del
estudiante, la sugerencia del revisor y el consejo de área, de acuerdo con su
especialidad y en beneficio del estudiante.
b) Los consejos de área
y la unidad de tesis darán seguimiento a los profesores nombrados para la
asesoría de tesis, velando porque no reciban más de tres asesorías simultáneas.
Artículo 18. Atribuciones
a) Conocer este normativo y cumplir y hacer cumplir todas
sus disposiciones, debiendo comunicar a la unidad de tesis en primera instancia
por medio de correo electrónico y al Consejo Directivo en segunda instancia por
medio de nota formal, cualquier cambio y transgresión al mismo.
b) Brindar asesoría académica al estudiante durante el
proceso de elaboración del plan de tesis y, una vez aprobado este, durante el
proceso de elaboración de la tesis que tiene una duración de dos años, con una
única prórroga de seis meses.
c) Entregar ante el
Consejo Directivo la carta compromiso, debidamente firmada, en la que se compromete a brindar la asesoría durante el plazo establecido en este
normativo [ver anexo 3]. El Consejo Directivo integrará dicha carta en el
expediente del estudiante.
d) Velar por la calidad académica y la originalidad del
trabajo de investigación, así como por los aspectos formales de presentación,
redacción y ortografía.
e) Informar oportunamente al estudiante las modificaciones
sugeridas para ser incorporadas al trabajo de investigación y verificar la
incorporación de las mismas en los plazos que establezcan de común acuerdo.
f) Informar periódicamente a la unidad de tesis acerca de
las modificaciones sugeridas en el trabajo de tesis y sobre cualquier cambio en
el proceso.
g) Rendir dictamen favorable del trabajo de tesis ante el
Consejo Directivo, acompañado de dos copias del borrador de tesis y solicitar
el nombramiento del comité de tesis [ver anexo 5].
h) Presidir el tribunal examinador nombrado por el Consejo
Directivo para que el estudiante realice la defensa de su tesis.
i) Anotar todas las modificaciones sugeridas por el tribunal
examinador durante el examen y entregarlas al estudiante después del examen,
con copia para el tribunal examinador y la unidad de tesis.
j) Corroborar que la versión final de la tesis integre todas
las modificaciones sugeridas por el tribunal de tesis en un plazo no mayor de
quince días calendario.
Artículo 19. Renuncia
Se deberá notificar por escrito
al Consejo Directivo la renuncia al proceso de asesoría de tesis, informando
las razones. El Consejo Directivo determinará el nombramiento de otro asesor,
según lo que establece el artículo 17 inciso a) de este normativo, así como la
posible extensión del plazo.
Capítulo VII. Del
revisor/a del plan de tesis
Artículo 20. Definición
El/la revisor/a de tesis es el/la
profesional especialista en el tema, que revisa la propuesta inicial del
estudiante para determinar la importancia, pertinencia, calidad académica,
adecuada revisión bibliográfica, conocimiento y manejo de las fuentes de
información y originalidad del trabajo propuesto, como paso previo para la
aprobación del plan y nombramiento de asesor. El informe del revisor/a será
considerado como una opinión experta que sustentará la decisión del consejo de
área.
Artículo 21. Nombramiento
a)
El nombramiento del revisor/a de tesis lo hará el
consejo de área con base en la relación de su especialidad con el tema
propuesto y su disposición para colaborar.
b)
Los consejos de área y la unidad de tesis darán
seguimiento a los profesores nombrados para la revisión de los planes de tesis,
velando porque no reciban nombramientos simultáneos.
Artículo 22. Atribuciones
a)
Revisar los aspectos teóricos y metodológicos del
trabajo de tesis propuesto para determinar si cumple con los requisitos de importancia,
pertinencia, calidad académica, adecuada revisión bibliográfica, conocimiento y
manejo de las fuentes de información y originalidad del trabajo propuesto.
b)
Solicitar ampliaciones o modificaciones al plan
propuesto.
c)
Rendir un dictamen académico sobre la viabilidad del
plan de tesis.
d)
Sugerir un asesor idóneo, de acuerdo con el tema y
especialidad.
Capítulo VIII. De los
lectores del comité de tesis
Artículo 23. Definición
Los lectores del comité de tesis
son los profesionales especialistas en el tema de tesis, encargados de considerar
si el informe final de tesis es una investigación original e inédita que aporta
nuevo conocimiento a la disciplina y que cumple con los requisitos de un trabajo
académico serio y profesional, que demuestra el conocimiento y manejo adecuado
de las técnicas, métodos y teorías y que cita las fuentes de información, de
acuerdo con las convenciones de la disciplina.
Artículo 24. Nombramiento
Los lectores del comité de tesis
serán nombrados por el Consejo Directivo, a propuesta del consejo de área y la
unidad de tesis.
Artícul4o 25. Atribuciones
a)
Revisar el informe final de tesis que ha recibido
dictamen favorable del asesor, en un plazo que no exceda los sesenta días
calendario, para determinar la calidad académica y originalidad de la
investigación.
b) Informar al estudiante, verbalmente y por escrito en
reunión conjunta, las modificaciones sugeridas para ser incorporadas al trabajo
de investigación y verificar la incorporación de las mismas. Los lectores
enviarán copia de los comentarios y modificaciones sugeridas a la unidad de tesis,
por medio de correo electrónico. La reunión se programará de común acuerdo por
medio de correo electrónico, con aviso a la unidad de tesis. En los casos en
que no se pueda acordar reunión presencial, se enviarán los comentarios y
modificaciones sugeridas por medio de correo electrónico, con copia a la unidad
de tesis.
c) El estudiante
entregará la nueva versión impresa a los lectores con las modificaciones
sugeridas. Las siguientes revisiones serán realizadas por los lectores del
comité de tesis en un plazo que no exceda los sesenta días calendario cada una,
e informarán al estudiante el resultado, verbalmente y por escrito en reunión
conjunta. La reunión se programará de común acuerdo por
medio de correo electrónico, con aviso a la unidad de tesis. En los casos en
que no se pueda acordar reunión presencial, se enviarán los comentarios y
modificaciones sugeridas por medio de correo electrónico, con copia a la unidad
de tesis.
d)
Informar oportunamente a la unidad de tesis en primera
instancia y al Consejo Directivo en
segunda instancia, acerca del proceso de revisión de la tesis y solicitar la
intervención cuando lo crean oportuno.
e)
Rendir dictamen favorable ante el Consejo Directivo
[ver anexo 6].
f)
Se establece un límite de dos años para la aprobación
o rechazo de la tesis por parte del comité de tesis. En el caso que se cumpla
el plazo de dos años y que el comité de tesis considere que el informe no
cumple con los requisitos académicos establecidos en este normativo, rendirá un
informe circunstanciado al Consejo Directivo, el que informará la decisión al
estudiante para que inicie un nuevo proceso. Los consejos de área y la unidad
de tesis serán informados oportunamente.
Artículo 26. Renuncia
Cada uno de los lectores del
comité de tesis deberá notificar por escrito al Consejo Directivo --de forma separada
o en conjunto, según el caso-- la renuncia al proceso de lectura de tesis,
informando las razones. El Consejo Directivo determinará el nombramiento de
otro lector o lectores a propuesta del consejo de área y la unidad de tesis,
así como la ampliación del plazo para el proceso de revisión.
Capítulo IX. Del
tribunal examinador
Artículo 27. Definición
Es el cuerpo de profesores que
examinan el trabajo de tesis y la defensa de la misma en un acto privado,
después de que el texto ha recibido dictamen favorable del asesor y el comité
de tesis. El tribunal examinador será nombrado por el Consejo Directivo de la
Escuela de Historia y está conformado por cinco profesionales titulares y dos
suplentes, todos colegiados activos, preferentemente de la misma disciplina o
especialistas en el tema de tesis. Entre los titulares se encuentran el asesor
de tesis, quien lo preside, los dos lectores del comité de tesis y dos
examinadores, el Consejo Directivo también nombrará dos suplentes que serán
convocados en caso de ausencia de los titulares. El Consejo
Directivo asignará fecha, hora y lugar para realizar el examen y entregará una
copia del texto a cada integrante del tribunal con por lo menos quince días
hábiles de antelación.
Artículo 28. Atribuciones
a) Presentarse puntualmente en la fecha y hora programada
para el examen de tesis.
b) Lectura crítica del informe final de tesis.
c) Comentar, preguntar y solicitar ampliaciones al
estudiante acerca de su trabajo de tesis.
d)
Evaluar
el informe final de tesis y su defensa con base en criterios académicos de
formato, contenido, importancia, pertinencia, calidad, fuentes de información y
aportes a la disciplina, así como expresión oral, adecuado manejo de
categorías, argumentos académicos, respuestas claras y relacionadas con las
preguntas formuladas, reforzamiento de las ideas vertidas en la tesis y otros
elementos que los examinadores consideren pertinentes.
e)
Firmar
el acta de graduación que da fe de su evaluación y de los reconocimientos.
f)
Proponer
modificaciones y mejoras al trabajo de tesis
g)
El presidente
del tribunal examinador anotará todas las propuestas de modificación y mejoras
del trabajo de tesis y las entregará al estudiante después del examen, con
copia para cada integrante del tribunal y la unidad de tesis.
h)
El presidente
del tribunal examinador revisará la versión final de la tesis, que será
entregada por el estudiante en formato impreso en un plazo máximo de treinta
días calendario después del examen, para determinar que la misma cumple con lo
solicitado.
i)
El presidente del
tribunal examinador dispone de un plazo no mayor de diez días hábiles para la
revisión y aprobación en primera instancia de la versión corregida y revisada
de la tesis y la remitirá a la unidad de tesis para la corrección de estilo.
j)
En los casos de dudas
o discrepancias sobre la versión final corregida de la tesis, el presidente del
tribunal examinador puede solicitar la revisión de los demás examinadores y
determinarán si se aprueba o si se solicita ampliación del plazo al Consejo Directivo.
k)
Después de que los
integrantes del tribunal examinador y la unidad de tesis acuerden la aprobación
de la versión final de la tesis, el presidente del tribunal la remitirá al
Consejo Directivo para que se apruebe la orden de impresión.
Artículo 29. Renuncia
Los examinadores y suplentes
nombrados deberán notificar oportunamente por escrito al Consejo Directivo la
renuncia al tribunal de tesis, informando las razones. El Consejo Directivo
determinará el nombramiento de otros examinadores y suplentes a propuesta del consejo
de área y la unidad de tesis, así como el cambio de fecha.
Capítulo X. Órganos
que intervienen en el proceso de tesis
Artículo 30. Consejos de área
Son
los órganos encargados de los asuntos académicos, administrativos y estudiantiles
de las carreras de licenciatura de la Escuela de Historia.
Artículo 31. Atribuciones de los
consejos de área en el proceso de tesis
a)
Recibir las solicitudes de aprobación de plan de tesis
de los estudiantes del área, de acuerdo con los procedimientos y formato
previamente establecidos y determinar si cumplen con los requisitos
establecidos.
b)
Nombramiento de un revisor de tesis, de acuerdo con lo
que establece el capítulo IV de este normativo.
c)
Enviar copia del plan a la unidad de tesis para su
revisión, como lo establece el artículo 5 de este normativo.
d)
Con base en los informes del revisor de tesis y la
unidad de tesis, aprobar, solicitar modificaciones o rechazar el plan de tesis
propuesto por el estudiante. En el caso de ser aprobado, el consejo de área lo
remitirá al Consejo Directivo, incluyendo la propuesta de nombramiento de
asesor, para su aprobación definitiva.
e)
Elaborar en colaboración con la unidad de tesis una
base de datos de los profesores de la Escuela de Historia y de los
profesionales de la disciplina que trabajen en otras instituciones, y sus
especialidades para aprovechar mejor sus conocimientos y apoyos en los procesos
de revisión, asesoría, lectura y examen de tesis.
Artículo 32. Unidad de tesis
Será el órgano encargado de
apoyar el trabajo y brindar asesoría a los consejos de área en los procesos de
revisión de plan de tesis y propuesta de asesor; así como dar seguimiento a los
procesos de asesoría de las tesis y revisión de contenido y de estilo de los
informes finales de tesis hasta la presentación de la versión final. La unidad de
tesis deberá establecer comunicación y estrecha colaboración con los consejos
de área para impulsar mejoras en los procesos y calidad de las tesis. La unidad
de tesis estará a cargo de un/a profesional de cualquiera de las licenciaturas
de la Escuela de Historia con experiencia en investigación, asesoría de tesis y
administración de programas académicos, con nombramiento del Consejo Directivo
a propuesta de la Dirección.
Artículo 33. Atribuciones de la unidad
de tesis
a) Proponer al Consejo Directivo de la Escuela
de Historia la política de funcionamiento y normativos de la unidad de tesis.
b) Evaluar anualmente los procesos de revisión, asesoría y
lectura de tesis, así como la eficiencia terminal de las carreras y presentar
el informe de sus resultados al Consejo Directivo de la Escuela de Historia con
sugerencias para su mejora.
c) Definir líneas de investigación para los
trabajos de tesis de grado, en estrecha colaboración con los consejos de área.
d)
Acompañar el proceso de revisión de los planes de
tesis de los consejos de área, a través de una revisión externa, con la
finalidad de sugerir adiciones y modificaciones para mejorar los planes.
e)
Dar seguimiento a los
procesos de revisión, asesoría y lectura de tesis, para velar por la calidad
académica, garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos en cada fase y
resolver en primera instancia en caso de modificaciones.
f)
Resolver en primera
instancia los casos de renuncia o solicitudes de cambio de asesores y lectores
de tesis, y proponer nuevos nombramientos al Consejo Directivo para su
aprobación definitiva.
g)
Trabajar en estrecha colaboración
con los consejos de área para la elaboración y actualización periódica de bases
de datos de profesores de la Escuela de
Historia y de los profesionales de la disciplina que trabajen en otras
instituciones, y sus especialidades para aprovechar mejor sus conocimientos y
apoyos en los procesos de revisión, asesoría, lectura y examen de tesis.
h)
Revisión de estilo y
sistema de notas y referencias del informe final de tesis, de acuerdo con las
convenciones del área, previo a su impresión definitiva.
i)
En los casos de
discrepancia sobre la versión final corregida de la tesis, en conjunto con el
tribunal examinador, informarán al Consejo Directivo y sugerirán la ampliación
del plazo.
j)
Organización de
talleres que apoyen los procesos de elaboración de tesis y articulación con
cursos y seminarios de las carreras para brindar información de los procesos
académicos y administrativos, presentación de aspectos teóricos y metodológicos,
así como compartir información sobre archivos, bibliotecas y bases de datos académicas.
k)
Calendarización de
los actos públicos de graduación, de acuerdo con el normativo específico, en
coordinación con los consejos de área y el Consejo Directivo.
l)
Entrega de informe
anual --o parcial, cuando sea requerido-- al Consejo Directivo que detalle los
procesos de revisión, asesoría, lectura y examen de tesis por área, así como
los avances en la eficiencia terminal.
Artículo 34. Consejo Directivo
Es
la máxima autoridad dentro de la Escuela para su dirección y administración.
Artículo 35. Atribuciones del
Consejo Directivo en el proceso de tesis
a)
Aprobación de políticas, normativos y disposiciones
para modificación y mejoras de los procesos de elaboración, revisión, asesoría,
lectura y examen de tesis de grado, a propuesta de los consejos de área y la unidad
de tesis.
b)
Nombramiento de integrantes de la unidad de tesis.
c)
Revisión y aprobación de planes de investigación, a
propuesta de los consejos de área y de la unidad de tesis.
d)
Nombramiento de asesores, lectores y examinadores, a
propuesta de los consejos de área y de la unidad de tesis.
e)
Aprobación y emisión
de orden de impresión de la versión final de la tesis, corregida y revisada por
el tribunal examinador en conjunto con la unidad de tesis.
f)
Aprobar ampliación
del plazo para la entrega de la versión final de la tesis, corregida y revisada
por el tribunal examinador en conjunto con la unidad de tesis.
g)
Aprobación y programación de los actos de graduación,
a propuesta de los consejos de área y de la unidad de tesis.
h)
Supervisión del trabajo de la unidad de tesis y
propuestas de mejoras.
Artículo 36. Control académico
Es la unidad
encargada del registro académico estudiantil de todas las carreras de la
Escuela de Historia. Trabaja bajo la coordinación de Secretaría Académica.
Artículo 37. Atribuciones de
control académico en el proceso de tesis
a)
Entregar cierres de pensum al Consejo Directivo, a
solicitud de los estudiantes.
b)
Asignar estudiantes pendientes de tesis que demuestren
estar debidamente inscritos.
c)
Recibir y adjuntar al expediente del estudiante, la
copia del documento de identificación el día del examen de tesis.
d)
Informar al tribunal examinador el promedio de
calificaciones del estudiante y otros datos del registro académico para
determinar la otorgación de distinciones académicas, las que serán anotadas en
observaciones, al pie del acta de graduación.
e)
Impresión del acta de graduación, que se adjunta al
expediente del estudiante.
f)
Entrega de copia del acta de graduación al estudiante,
después de que se haya completado el proceso y se entregue constancia de
entrega de tesis en biblioteca.
Capítulo XI.
Disposiciones finales
Artículo
38. Vigencia
Este normativo entrará en vigencia luego de su aprobación por el Consejo
Directivo de la Escuela de Historia.
Artículo
39. Validación
Este normativo deja sin efecto cualquier Reglamento, Normativo, Acuerdo
y/o disposiciones anteriores que se refieran a la elaboración de tesis de grado
de la Escuela de Historia.
Artículo
40. Casos no previstos
Cualquier aspecto no contemplado en el presente Normativo será discutido por
los órganos que intervienen en el proceso de tesis y resuelto por el Consejo
Directivo.
Artículo
41. Revisión y actualización
El presente normativo podrá ser revisado y actualizado cuando se
considere conveniente para mejorar los procesos.
Ciudad de Guatemala, 30 de mayo
de 2018
Elaborado por Tania
Sagastume Paiz, Unidad de Tesis
Revisado por Horacio
Martínez, Mario Celada, Yolanda Estrada y Walter Gutiérrez, Coordinadores de
Área
Anexo 1
Carta de solicitud de
aprobación de plan de tesis y nombramiento de asesor
Lugar
y fecha
Consejo del área de
…..
Escuela de Historia
Universidad de San
Carlos de Guatemala
Ciudad Universitaria,
zona 12
Honorable Consejo:
Por este medio solicito
considerar la aprobación del plan de tesis que se titula “…..”
Informo que durante el proceso de
elaboración del plan de tesis he recibido el apoyo académico ………, quien le ha dado el visto bueno a la versión
final que hoy presento y que ha aceptado brindarme la asesoría durante el
proceso de investigación. Por esta razón, solicito que se considere la
aprobación de …. como asesor de mi tesis.
Sin otro particular, me suscribo
atentamente,
Nombre
completo del estudiante
Número
de DPI y carnet
Teléfono
y correo electrónico
Vo. Bo.
Nombre completo del asesor
propuesto
Teléfono y correo electrónico
Adjunto plan de tesis
Anexo No. 2
Formato de carta compromiso del estudiante.
Lugar y fecha
Consejo del Área de …
Escuela de Historia
Universidad
de San Carlos de Guatemala
Honorable
Consejo de Área:
_________nombre_______, estudiante
regular del programa de __________________, manifiesto que conozco el normativo
para la elaboración de tesis de la Escuela de Historia y que de conformidad con
lo que éste expresa, me comprometo a cumplir con las siguientes condiciones
durante el proceso de elaboración de mi trabajo de tesis:
1. Cumplir con los requisitos administrativos
que establece el normativo.
2. Realizar mi investigación de tesis bajo la
asesoría del profesor (grado y nombre completo) nombrado por el Consejo de Área
y el Consejo Directivo.
3.
Cumplir con el plan de trabajo establecido de común acuerdo con el
asesor.
4.
Elaborar un trabajo de investigación que cumpla con los requisitos
académicos establecidos en el normativo y que consisten en una investigación
original e inédita, aporte de nuevo conocimiento a la disciplina, manejo
adecuado de las técnicas, métodos, teorías, debates y avances, aprendidos
durante el proceso de formación académica, revisión bibliográfica exhaustiva y actualizada,
utilización de fuentes primarias y/o trabajo de campo, seguimiento a las
sugerencias del asesor y los lectores y el máximo cuidado en la presentación.
4.
Informar oportunamente y hacer la solicitud correspondiente a la
coordinación del programa sobre el cambio de asesor.
5.
Entregar al asesor dos copias del informe final de tesis para los
lectores, una vez recibido el dictamen favorable.
6.
Recibir los comentarios de los lectores y hacer las modificaciones
sugeridas dentro del plazo establecido.
7.
Cumplir con el formato de presentación y estilo de citas que establece
el normativo.
8. Entregar
al Consejo Directivo siete ejemplares del informe final y una carta de
solicitud de nombramiento del Tribunal Examinador y asignación de fecha y lugar
de defensa de la tesis.
9.
Entregar la versión aprobada por el Comité de Tesis, sometiéndome a las
sanciones que dictamine el Consejo Directivo en caso de alteraciones.
10. Asistir puntualmente a la defensa de la
tesis, cumpliendo con los requisitos establecidos por la coordinación.
11.
Realizar las correcciones y atender las sugerencias de contenido y
estilo hechas por los integrantes del Tribunal Examinador y la Unidad de Tesis y
entregar la versión final para la aprobación y solicitud de orden de impresión.
Atentamente,
(Nombre completo del estudiante)
Carnet No.
Anexo No. 3
Formato de carta
compromiso del asesor
Lugar y
fecha
Consejo del Área de
Escuela de Historia
Universidad
de San Carlos de Guatemala
Honorable
Consejo:
(nombre
del profesor), grado, institución y fecha de obtención del grado, nombrado como asesora de tesis de (nombre
del estudiante), manifiesto que conozco el normativo para la elaboración de
tesis de grado de la Escuela de Historia y que de conformidad con lo que éste
expresa, me encuentro en posibilidad de ejercer las atribuciones y obligaciones
señaladas y que describo a continuación:
1.
Brindar
asesoría académica al estudiante durante todo el proceso de investigación que
incluye la elaboración del plan de tesis y el trabajo de investigación de tesis
de licenciatura, durante el periodo establecido de dos años para el segundo,
con una única prórroga de seis meses.
2. Enviar comentarios y sugerencias al
estudiante sobre los avances presentados, por el medio que se establezca de
común acuerdo, con copia para la Unidad de Tesis y verificar su incorporación. Las revisiones del trabajo versarán sobre la
redacción, la estructura, el análisis, las fuentes y otros aspectos
relacionados con la investigación. Estas
observaciones serán enviadas en un plazo no mayor de dos meses a la fecha de
recepción.
3. Informar por escrito cada 6 meses a la Unidad
de Tesis sobre el desempeño profesional y el avance de investigación del
estudiante asesorado, haciendo las sugerencias que considere pertinentes para
apoyar al estudiante en el proceso de investigación.
4. Velar por la calidad académica y la originalidad del
trabajo de investigación, así como el cumplimiento de otros requisitos
académicos establecidos en el normativo y que consisten en una revisión
bibliográfica exhaustiva y actualizada, utilización de fuentes primarias,
seguimiento a las sugerencias del asesor y el máximo cuidado en la
presentación. Asimismo, deberá citar en la forma que establece el programa, los
planteamientos y la información extraída de otros autores, evitando los
plagios.
5. Otorgar el dictamen favorable una vez
concluido el trabajo de tesis. En el
caso que se cumpla el plazo de 24 meses, debe sugerir al estudiante que
solicite la prórroga de 6 meses. En el caso que se cumpla el plazo y la
prórroga y el suscrito no pueda emitir dictamen favorable del trabajo de tesis,
informará por escrito al Consejo Directivo, con copia para la Unidad de Tesis que
procederán de acuerdo con las normas establecidas para el efecto.
6. Presidir el Tribunal de Tesis en la fecha
programada y hora programadas.
7. Corroborar que el estudiante incorpore las modificaciones
sugeridas durante el examen en la versión final de la tesis, antes de su
impresión, en un plazo no mayor de quince días calendario.
Atentamente,
firma
(nombre completo del asesor)
Asesor de Tesis
Anexo No. 4
Formato de presentación,
referencias y citas
Formato de presentación de la tesis de grado
1. Una vez aprobado y con la orden de impresión,
el estudiante debe presentar diez ejemplares impresos, empastados con carátula
color gris y el escudo de la Universidad de San Carlos en color negro y letras negras
con la siguiente leyenda:
Universidad de San Carlos de Guatemala
Escuela de Historia
Licenciatura en ...
Título
Tesis presentada por
[Nombre completo como aparece en Registro y Estadística]
De conformidad con los requisitos establecidos para optar
al grado de
Licenciada/o en …..
Ciudad de Guatemala, [mes y año de la defensa de la tesis]
2. La versión impresa definitiva deberá ser la
misma aprobada en su versión final y que cumplirá con los siguientes
requisitos:
a)
Papel
bond 75 gramos ,
tamaño carta, color blanco.
b)
Se
sugiere utilizar un tipo de letra legible, como arial, book antigua o times new
roman.
c)
Letra
del texto tamaño 12, letra de títulos de capítulos tamaño 14, letra de notas a
pie de página tamaño 10.
d)
Empastada
(cosida y pegada).
e)
Primera
hoja con el mismo texto de la carátula.
f)
Segunda
hoja con el siguiente texto:
Autoridades universitarias
Rector:
Secretario:
Autoridades de la Escuela de
Historia
Director:
Secretario:
Consejo Directivo
Director:
Secretario:
Representante docente:
Representante docente:
Representante de graduados:
Representante de estudiantes:
Representante de estudiantes:
Comité de Tesis
Nombre
Presidente (Asesor de Tesis)
Nombre
Vocal (Lector de Tesis)
Nombre
Vocal (Lector de Tesis)
g)
Cuarta
hoja reproducción facsimilar de la carta de dictamen favorable del asesor en
hoja membretada de la Escuela de Historia.
h)
Quinta
hoja reproducción facsimilar de la carta de dictamen favorable del Comité de
Tesis en hoja membretada de la Escuela de Historia.
i) Agradecimientos (opcional).
j)
Hoja de
derechos de autor o Copyright en la esquina inferior derecha. A continuación
las dos opciones a elegir:
Los criterios vertidos en la presente tesis
son responsabilidad exclusiva del autor. Se autoriza la reproducción parcial o
total del contenido para fines académicos citando la fuente.
O
Los criterios vertidos en la presente tesis
son responsabilidad exclusiva del autor/a. Se prohíbe la reproducción parcial o
total del contenido sin la autorización escrita del autor/a.
k)
Índice
o tabla de contenidos. Especificar
títulos de partes, capítulos e incisos, y los números de página.
l) Lista de ilustraciones (opcional).
m) Lista de tablas (opcional).
n) Abreviaturas utilizadas (opcional)
o) Introducción
p)
Cuerpo
del trabajo a espacio 1.5 o interlineado (a excepción de las citas textuales y
las notas a pie de página, las cuales deben ir a espacio simple). La primera hoja de cada capítulo va en hoja
impar, el resto del texto va en ambas caras de la hoja en el cuerpo.
q)
Márgenes
inferior, superior y derecho 2.5 cms., margen izquierdo 3 cms. para
encuadernación.
r) Conclusiones o reflexiones finales.
s) Glosario (opcional).
t) Bibliografía al final del trabajo en orden
alfabético, sin numeración, a renglón simple y con sangría francesa. Citar primero las fuentes primarias y luego,
las fuentes secundarias.
u) Anexos o apéndice documental (opcional).
Formato de referencias y citas
de libros, revistas, periódicos y documentos de archivo
Las
referencias de las fuentes utilizadas se presentarán de acuerdo con el campo de
estudio del programa. En las tesis de
Antropología y Arqueología, las referencias se presentarán dentro del texto
entre paréntesis y bibliografía al final, de acuerdo con el estilo APA (American Psychological
Association). En las tesis de Historia y Enseñanza de la
Historia, las referencias se presentarán en notas al pie de página y
bibliografía al final, de acuerdo con el estilo Chicago Chicago (University of Chicago
Press). En todos los casos, las notas de todos los
capítulos deben ir en numeración corrida. Las referencias para otros programas
que se creen en el futuro, se establecerán de común acuerdo con el Consejo de
Área y la Unidad de Tesis.
Citas de libros
Chicago (nota al pie de
página)
|
APA (cita en el texto)
|
Ø Primera cita:
Geneviéve
Bollème, El pueblo por escrito: significados culturales de lo “popular”. [Primera edición en francés 1986] México:
Grijalbo / Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1990, p. 28.
Ø Segunda cita:
Bollème,
El pueblo por escrito, p. 30.
|
(Bollème,
1990, p. 28)
|
Bibliografía
Chicago
|
APA
|
Bollème, Geneviéve, El pueblo por
escrito: significados culturales de lo “popular”. [Primera edición en francés 1986] México: Grijalbo /
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1990.
|
Bollème, G. (1990). El pueblo por
escrito: significados culturales de lo “popular”. México: Grijalbo /
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Primera edición en francés 1986).
|
Citas de libros consultados en
internet
Chicago (nota al pie de
página)
|
APA (cita en el texto)
|
Ø Primera cita:
Joaquín Escriche, Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia. Edición de
Juan B. Guim. París: Librería de Rosa, Bouret y Compañía, 1854, p. 158, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/364/1.pdf (Consultado 25 marzo 2013)
Ø Segunda cita:
Escriche, Diccionario, p.
160.
|
(Escriche, 1854, p. 158)
|
Bibliografía
Chicago
|
APA
|
Escriche, Joaquín, Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia. Edición de
Juan B. Guim. París: Librería de Rosa, Bouret y Compañía, 1854. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/364/1.pdf (Consultado 25 marzo 2013)
|
Escriche, J. (1854). Diccionario
razonado de legislación y jurisprudencia. Edición de Juan B. Guim. París:
Librería de Rosa, Bouret y Compañía, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/364/1.pdf (Recuperado 25 marzo 2013)
|
Citas de artículos
Chicago (nota al pie de
página)
|
APA (nota en el texto)
|
Ø Primera cita:
Clara E. Lida, “¿Qué son las clases
populares? Los modelos europeos frente al caso español en el siglo XIX”, Historia
Social, 27 (1997), pp. 3.
Ø Segunda cita:
Lida, “¿Qué son las clases populares?”, p. 3.
|
(Lida, 1997, p. 3)
|
Bibliografía
Chicago
|
APA
|
Lida, Clara E., “¿Qué son las clases
populares? Los modelos europeos frente al caso español en el siglo XIX”, Historia
Social, 27 (1997): 3-21.
|
Lida, C. E. (1997). ¿Qué son las clases
populares? Los modelos europeos frente al caso español en el siglo XIX, Historia
Social, 27, 3-21.
|
Artículos de periódico
Chicago (nota al pie de
página)
|
APA (nota en el texto)
|
José del Valle, “Gobierno”, en El
Amigo de la Patria, 2 (26.10.1820), p. 15.
|
(Valle, 1969, 2, p. 15)
|
Bibliografía
Chicago
|
APA
|
Valle, José del, Escritos del Lic. José Cecilio del Valle en
el periódico El Amigo de la Patria.
2 tomos. Guatemala: Editorial José de Pineda Ibarra, 1969.
|
Valle, J. (1969). Escritos del Lic. José
Cecilio del Valle en el periódico El Amigo de la Patria. 2 tomos.
Guatemala: Editorial José de Pineda Ibarra.
|
Documentos originales
Chicago (nota al
pie de página)
|
APA (nota en el
texto)
|
“Bando
del Regente y Oidores sobre reducción de penas a ebrios y chicheros”, agca A1.22, leg. 4566, exp. 39165,
25.II.1801.
Nota:
En la sección de referencias se deberán incluir siglas.
|
(agca A1.22, leg. 4566, exp. 39165)
|
Cita de entrevistas publicadas
Chicago (nota al
pie de página)
|
APA (nota en el
texto)
|
Nombre y apellido del entrevistado, “Título
de la entrevista”, entrevistado por [nombre y apellido del entrevistador],
lugar, fecha, Título de la publicación
en cursivas, número, mes, año, páginas.
|
(Inicial del nombre y apellido del
entrevistado, fecha, entrevista con …, título de la publicación)
|
Cita de entrevistas no publicadas o realizadas por el que
escribe
Chicago (nota al
pie de página)
|
APA (nota en el
texto)
|
Nombre y apellido del entrevistado, “Título
de la entrevista”, entrevistado por [nombre y apellido del entrevistador],
lugar, fecha, Título de la publicación
en cursivas, número, mes, año, páginas.
|
(Inicial del nombre, apellido, comunicación
personal, fecha)
|
Anexo No. 5
Formato de carta
dictamen favorable de asesor
Ciudad de Guatemala, fecha
Señoras
Consejo Directivo
Escuela de Historia
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Honorable Consejo:
De
acuerdo con lo especificado en el punto …, inciso … del Acta No. … de la sesión
celebrada por el Consejo Directivo el día .. de … de … y dando cumplimiento a
lo que establece el Normativo para la elaboración de Tesis de Grado de la
Escuela de Historia, rindo dictamen favorable al informe final de tesis
titulado “…..” del estudiante de la licenciatura en ... [nombre
completo del estudiante],
Carnet No. .
Considero que se trata de un trabajo ….
[explicación de los aspectos de formato, contenido, perspectiva de análisis,
fuentes de información y otros que considere pertienentes y que justifiquen el
aporte a la disciplina]
Por estas razones,
solicito a ese Honorable Consejo el nombramiento del Comité de Tesis para
continuar con el proceso académico, para lo cual adjunto dos ejemplares.
[nombre completo]
Asesor/a de Tesis
Adjunto dos ejemplares de tesis
Anexo No. 6
Formato de carta
dictamen favorable del comité de tesis
Ciudad de Guatemala, [fecha]
Honorable
Consejo Directivo
Escuela de Historia
Universidad de San Carlos de Guatemala
Ciudad Universitaria, Zona 12
Honorable Consejo:
Con referencia a lo especificado en el PUNTO …, Inciso
… del Acta No. … de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el día [fecha],
y en cumplimiento de lo que establece el Normativo para la elaboración y
presentación de Tesis de Grado de la Escuela de Historia, rendimos DICTAMEN
FAVORABLE del informe final de tesis titulado “…”, de la estudiante [nombre
completo], carnet No. …, previo a conferírsele el título de Licenciada/o en
….
Sin
otro particular, nos suscribimos atentamente.
[nombre
completo] [nombre
completo]
Comité
de Tesis Comité de Tesis
c. c.
Estudiante
No hay comentarios:
Publicar un comentario